Por Mag. Carmen Rosa
Gutiérrez Vera

Ley N°31632, compensación horas no laboradas de la pandemia.

LEY N° 31632, COMPENSACIÓN DE HORAS NO LABORADAS DE LA PANDEMIA.

Ha sido publicado la Ley N° 31632 para favorecer a los trabajadores afectados de la pandemia en una proporción de 1 a 3 de las horas de licencia con goce de haber (no compensadas y pagadas en pandemia a los trabajadores que no laboraron en dicha época). Se compensarán con:

1. Si realizan horas extras, 01 hora valdrá 03 horas de horas de licencia con goce de haber. Máximo 02 horas días y que no superan la jornada laboral de 52 horas semanales.

2. Si compensan con vacaciones, 01 día equivaldrá 03 días de licencia con goce de haber. NO se podrá compensar en la liquidación de beneficios sociales y máximo 15 días de compensación laboral.

3. Se tiene 01 año para compensar (del 02 diciembre 2022 al 02 diciembre 2023), y si aún quedan horas de licencia con goce de haber, YA NO ES POSIBLE seguir la compensación. Queda liberado el trabajador.

4. El empleador tienen hasta el 17 de diciembre del 2022 para comunicar las horas de licencia con goce de haber que adeudan sus trabajadores.

Consultar la ley en el diario El Peruano: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-que-dispone-medidas-para-garantizar-los-derechos-de-los-ley-n-31362-2130923-1/

 

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